Bruselas.- El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (UE) ha rechazado, en una sentencia publicada hoy, un recurso que presentó Ebro Puleva contra el registro de una marca de alimentos por considerar que era similar a la de sus productos "Brillante".
En concreto, Ebro Puleva actuó ante la Justicia comunitaria para pedir que se anulara el reconocimiento europeo de la marca "brillo's", que comercializa la empresa de Almería Luis Berenguel.
Ebro Puleva alegó que "Brillo's" y "Brillante" -que había sido registrada antes- son similares, por lo que había riesgo de confusión para el consumidor.
La empresa demandante impugnó la resolución de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) por la que este organismo admitió "Brillo's" en el registro de marcas comunitarias.
Alegó que había un parecido fonético y en el significado entre las dos.
El Tribunal de Primera Instancia de la UE ha desestimado el recurso y ha determinado que las dos marcas son visualmente distintas, pues aunque tengan en común elementos como "brill" esto es menos relevante.
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